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domingo, 17 de julio de 2016

Desobediencia Civil.

Perlinda R. Gómez, Quique Romero, Pilar Baselga, Jorge Zamora, y José Vaso conversan sobre desobediencia civil y los últimos acontecimientos internacionales preocupantes.
El acto de desacatar una norma tendría como objetivo traer cambios al orden social.
Algunos ordenamientos jurídicos reconocen el derecho de objeción de conciencia, esto es, la capacidad del ser humano de negarse a obedecer órdenes o leyes o a llevar a cabo determinados actos o servicios, a causa de motivos de orden ético. Sería, pues, un derecho a resistirse a la autoridad cuando las órdenes que ésta dicte entren en contradicción con los principios morales del ciudadano. Por ejemplo, España reconoce el derecho a negarse a prestar servicio militar, siendo reemplazado por la prestación de un servicio de carácter social.  Sin embargo, la mayoría de los países no contemplan en sus ordenamientos jurídicos la figura de la desobediencia a la ley, aunque este principio pareciera estar contenido en el llamado "derecho de resistencia a la opresión", contemplado en el artículo 2 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
 Una ley que es desaplicada por la población está, en la práctica, derogada.  Ahora bien, para que un acto constituya desobediencia civil no basta con la mera rebeldía ante la norma: se requiere que esta acción se haga de manera pública y consciente, y que se lleve a cabo de manera sostenida y con la finalidad de obtener unos fines sociales específicos.    

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